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Home Office y Derecho a la Desconexión.

De qué se trata la nueva reforma laboral.

En los últimos días habrás escuchado mucho sobre la nueva ley de Home Office. En realidad, se trata de una reforma a la Ley Federal del Trabajo y la adición del capítulo XII BIS denominado “Teletrabajo”. A continuación te contamos cuáles son las obligaciones mas relevantes para trabajadores y patrones ante la reforma.

Patrones:

1: Hacer constar por escrito las condiciones de trabajo mediante un contrato y cada una de las partes conservará un ejemplar.

2: Proporcionar, instalar y encargarse del mantenimiento de los equipos necesarios para el teletrabajo.

3: Asumir los costos derivados del trabajo a través de la modalidad de teletrabajo, incluyendo, en su caso, el pago de servicios de telecomunicación y la parte proporcional de electricidad.

5: Llevar registro de los insumos entregados a las personas trabajadoras.

6: Implementar mecanismos que preserven la seguridad de la información y datos utilizados por las personas trabajadoras en la modalidad de teletrabajo.

7: Respetar el derecho a la desconexión de las personas trabajadoras al término de la jornada laboral.

8: Inscribir a las personas trabajadoras en la modalidad de teletrabajo al régimen obligatorio de la seguridad social.

9: Establecer los mecanismos de capacitación y asesoría necesarios para garantizar la adaptación, aprendizaje y el uso adecuado de las tecnologías de la información.

Trabajadores

1: Tener el mayor cuidado en la guarda y conservación de los equipos, materiales y útiles que reciban del patrón;

2: Informar con oportunidad sobre los costos pactados para el uso de los servicios de telecomunicaciones y del consumo de electricidad, derivados del teletrabajo.

3: Obedecer y conducirse con apego a las disposiciones en materia de seguridad y salud en el trabajo establecidas por el patrón.

4: Atender y utilizar los mecanismos y sistemas operativos para la supervisión de sus actividades.

5: Atender las políticas y mecanismos de protección de datos utilizados en el desempeño de sus actividades.

Por último, es importante tener en cuenta que estas disposiciones son para las personas trabajadoras que desarrollen más del 40% del tiempo sus actividades en casa o en el domicilio elegido por éstas.

JP Asesores Jurídicos asesora tanto a patrones como a trabajadores en materia de teletrabajo. Contáctanos por este medio, WhatsApp, o en nuestra pagina de Facebook JP ASESORES JURÍDICOS.

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